1. DETERMINACIÓN DEL VÍNCULO DE ASOCIACIÓN: Podrán ser asociados a FEIRO las personas naturales que presten sus servicio personales a: i) MIRO SEGURIDAD LTDA.; ii) JIRO S.A.; iii) GIGHA S.A.; iv) FONDO DE EMPLEADOS FEIRO; y v) Cualquiera otra sociedad que tenga relación comercial con Gigha S.A en las líneas de servicio que incluyan el procesamiento de la nómina de los asociados.

2. Diligencio y firmo la solicitud de Afiliación y la envío al fondo a través de un asesor de FEIRO o del gestor de servicio.

La Cuota afiliación equivalente al 2% del salario mínimo actual ($1'160.000), aproximado a la centena más cercana. $23.200 se descuenta en la primera nómina después de afiliado (No reembolsable y se realiza Cuando ingresa)

Nota: Las cuotas mínimas de todos los aportes y ahorros se ajustan cada año, al nuevo salario mínimo y se cambian de acuerdo a lo estipulado en el reglamento de ahorro.

CUOTA APORTE OBLIGATORIO en FEIRO.

La cuota mínima equivale al 4 % del salario Mínimo ($1'160.000) aproximado a la centena más cercana, en FEIRO se aplicará a partir del 01 de enero de 2021 de la siguiente manera y de acuerdo a lo requerido por la Súper solidaria y los Estatutos del Fondo: Al ahorro permanente se debe llevar el 70% y al aporte social el 30% teniendo en cuenta lo anterior su descuento seria así:

Los siguientes valores se encuentran vigentes hasta DICIEMBRE 31 DE 2021.

OBLIGATORIOS

4% SMMLV

APORTES 30%

AHORROS PERMANENTES 70%

Semanal
$ 12.374
$ 3.712
$ 8.662
Decadal
$ 15.470
$ 4.640
$ 10.830
Quincenal
$ 23.200
$ 6.960
$ 16.240
Mensual
$ 46.400
$ 13.920
$ 32.480
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